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Andrés Fernández
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El reglamento del Consejo de Doctores se circunscribe a las funciones del Ilustre Colegio Oficial de Enfermería de Madrid. Entre las funciones de este Colegio que se relacionan con el Consejo de Doctores se destacan las siguientes:
1. Cuantas funciones redunden en beneficio de la protección de los intereses de los consumidores y usuarios de los servicios de sus colegiados.
14. Ejercer la representación de la profesión enfermera en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
16. Participar en los organismos consultivos de la Comunidad de Madrid, cuando así lo establezca la normativa vigente.
17. Participar en los Consejos u Organismos consultivos de la Administración en la materia de competencia de la profesión enfermera.
El Consejo de Doctores tendrá desde su conformación un reglamento interno avalado por la Junta de Gobierno del CODEM. No obstante, este organismo basa su estructura y funcionamiento en los principios del Colegio Oficial de Enfermería de Madrid y requiere de sus integrantes solo el requisito preliminar mínimo asentado en el principio del compromiso con el compartir el saber enfermero propuesto por Andrés Fernández.
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Depósito Documental Andrés Fernández [Internet]. Madrid: Ilustre Colegio Oficial de Enfermería de Madrid; 2019 [citada AÑO MES DÍA]. Disponible en: https://andresfernandez.codem.es/inicio
Depósito Documental Andrés Fernández
CODEM
Colegio Oficial de Enfermería de Madrid